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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288091
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 399
APRECIACION DE LA PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 399
Los tribunales son soberanos para estimar las pruebas en los asuntos sujetos a su decisión, con la única limitación de apegarse a las leyes que regulan dicha prueba.
Precedentes
Amparo penal directo. Terán León M. 21 de julio de 1920. Mayoría de seis votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer, y Enrique Moreno. Disidentes: Ignacio Noris y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.