Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288092
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288092
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 403
COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 403
No ha lugar a dirimir competencia alguna, cuando uno de los Jueces ha terminado un proceso, por haberse presentado conclusiones de no acusación por el Ministerio Público, porque de declarar la competencia en favor de la autoridad que la reclama, se tendría que juzgar al acusado dos veces por el mismo delito.
Precedentes
Competencia positiva en materia penal. Suscitada entre los Jueces, de Instrucción Militar de Tampico, y Segundo de Distrito de Tamaulipas. 22 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.