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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288102
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 424
DOLO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 424
Cuando entra como elemento esencial constitutivo del delito, su comprobación es indispensable para decretar el auto de prisión formal, pero no para decretar la orden de aprehensión, pues para ésta sólo se necesita que se llenen los requisitos del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Gamboa Ireneo. 23 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Antonio Alcocer no estuvieron presentes por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.