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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 468
ACCION PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 468
La simple querella del agraviado, no basta para la incoación del procedimiento penal contra el acusado, si no media la acusación del Ministerio Público, a quien incumbe únicamente, conforme a la Constitución, la persecución de los delitos.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Trueba Francisco y Eduardo. 27 de julio de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidentes. Benito Flores e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.