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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 467
FALSIFICACION DE PATENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 467
Los elementos que hay que comprobar para declarar que existe ese delito son: la fabricación industrial de objetos amparados por las patentes, y haberse ejecutado esa falsificación sin el consentimiento del dueño de las mismas, así como que los objetos que se dicen fabricados fraudulentamente, son esencialmente iguales a los amparados por la patente. La ley exige la identidad absoluta, para no estrechar las actividades de los habitantes de la República, por medio de una patente.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Trueba Francisco y Eduardo. 27 de julio de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidentes. Benito Flores e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.