Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288122
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288122
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 468
DUEÑOS DE PATENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 468
Los dueños de patentes tienen derecho para pedir que se incauten los utensilios e implementos y los objetos fabricados en detrimento de sus derechos, y se depositen en poder de una persona, bajo su responsabilidad; y para esto es requisito indispensable que se presenten tres peritos que declaren sobre la identidad entre los objetos patentados y los que se incautan; pero tal dictamen no puede servir, aislado, para fundar un auto de prisión preventiva, contra los que se dice que han falsificado la patente.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Trueba Francisco y Eduardo. 27 de julio de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. Disidentes. Benito Flores e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.