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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288125
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 483
ACTOS RECLAMADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 483
Deben apreciarse en la sentencia de amparo, tal y como fueron probados ante la autoridad responsable, sin que puedan tenerse en cuenta circunstancias que dicha autoridad no pudo conocer.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Turriza Aristeo. 28 de julio de 1920. Mayoría de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González y Antonio Alcocer no estuvieron presentes por las razones expuestas en el acta del día. Disidente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.