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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 503
CONFESION DEL ACUSADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 503
Conforme a la legislación penal de Guanajuato, la confesión del acusado, retractada acto continuo de su emisión, carece de todo valor, pero la que se retractare después, será enteramente válida, a no ser que se justifique haber sufrido error, fuerza o miedo grave al rendirla.
Precedentes
Amparo penal directo. Díaz Pedro. 30 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.