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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 504
APRECIACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 504
La que hacen los tribunales en uso de la facultad soberana que la ley les concede, y sin apartarse de las leyes que regulan la prueba, no da lugar a la protección federal.
Precedentes
Amparo penal directo. Díaz Pedro. 30 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.