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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288136
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 512
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 512
Es improcedente concederla cuando los actos que se reclaman no son de difícil reparación.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Regino Tomasa Petrona y coagraviados. 30 de julio de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Alberto M. González no asistió al acuerdo, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.