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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 518
AVERIGUACION DE LOS DELITOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 518
La sociedad y el Estado están interesados en que se averigüen los delitos y se castigue a los responsable de ellos, y por lo tanto es improcedente la suspensión que tienda a estorbar dicha averiguación.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Pulido Antonio. 31 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González e Ignacio Noris no intervinieron por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.