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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 531
REVISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 531
No procede contra los actos de los Jueces del fuero común en auxilio de la Justicia Federal, porque tales actos tienen el carácter de provisionales, y son revisables por los Jueces de Distrito.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Velarde Félix. 2 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Gustavo A. Vicencio y Alberto M. González no asistieron al acuerdo por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.