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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288148
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 543
CLAUSURA DE ESCUELAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 543
La orden de clausurar una escuela, como castigo porque no se sujeta a la vigilancia oficial, importa la violación de las garantías que concede el artículo 3o. de la Constitución, así como la del 4o. del mismo ordenamiento y, por ende, la del 16 de la misma Carta Fundamental.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Figueroa José Tomás. 2 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.