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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 554
NOTIFICACIONES DEFECTUOSAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 554
El recurso de nulidad que se funde en que determinadas notificaciones no han sido hechas con arreglo a la ley, carece de base, si el que lo promueve se ha manifestado, posteriormente, sabedor de las resoluciones a que las notificaciones mal hechas se referían.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Méndez Jesús. 3 de agosto de 1920. Mayoría de seis votos respecto al primer punto resolutivo y por unanimidad de ocho votos respecto de los demás puntos. Ausente: Alberto M. González, Gustavo A. Vicencio y Ernesto Garza Pérez. Disidentes: Benito Flores y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.