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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 573
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 573
Es acto en el juicio que causa gravamen irreparable y, por lo tanto, no cabe declarar improcedente el amparo que contra el auto relativo se enderece.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Villatoro Raymunda. 5 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.