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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 670
TRAMITACION DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 670
La tramitación en el juicio de garantías, es de oficio; y no procede sobreseer en él porque no se haya promovido después de 20 días, según lo preceptúa la primera parte del artículo 680 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de sobreseimiento. Santaella Ramón. 14 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Adolfo Arias y Antonio M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.