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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 679
PROTECCION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 679
No debe concederse, cuando no se comprueba que las autoridades responsables han dejado de ajustar sus procedimientos a la ley.
Precedentes
Amparo civil directo. Cruz y Célis José. 17 de agosto de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Alberto M. González no asistió a la sesión, por las razones que se expresan en el acta respectiva. La publicación no menciona el nombre del ponente.