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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 692
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 692
Dictado sin estricto apego a lo prevenido por el artículo 19 de la Constitución, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Contreras Angel. 18 de agosto de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Alberto M. González no estuvo presente, por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo IV, página 1072. Amparo penal en revisión. Enríquez Manuel M. 12 de mayo de 1919. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y José María Truchuelo. La publicación no menciona el nombre del ponente.