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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 721
SENTENCIA PENALES.
[TA]; 5a. Época; Presidencia S.C.J.N.; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 721
Puesto que en todo proceso penal, el interés público es el afectado, es improcedente contra dichas sentencias el recurso de súplica.
Precedentes
Recurso de súplica. Zamora Timoteo. 20 de agosto de 1920. Resolutor: Enrique Moreno.