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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 745
CORRECCIONES DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 745
Las que autoriza el artículo 24 del Código de Procedimientos Penales en Tlaxcala, se refieren a los abogados y defensores, pero no a las partes.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Ramos de Espinosa de los Monteros Soledad. 21 de agosto de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.