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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288252
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 762
COSA JUZGADA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 762
Por cosa juzgada se entiende lo que se ha decidido en juicio contradictorio, por una sentencia válida, de que no hay o no puede haber apelación.
Precedentes
Amparo civil directo. Cooley Arturo. 26 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Ignacio Noris y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.