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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 774
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 774
Para que el amparo proceda por la violación de las leyes del procedimiento, es necesario, entre otros requisitos, que se haya hecho la propuesta a que se refiere la fracción II del artículo 107 constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo. Pérez Tiburcio. 26 de agosto de 1920. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.