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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 778
ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 778
La sociedad tiene interés en que el estado civil de las personas quede registrado en los libros respectivos, por lo cual es improcedente conceder la suspensión que tienda a estorbarlo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Alegría Tomás. 27 de agosto de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.