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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 845
CAUSA SUPERVENIENTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 845
La causa superveniente que puede fundar la admisión de una contrafianza, que en un principio fue desechada, debe existir en el juicio de amparo, en el cual se pide la admisión de esa contrafianza; y no puede alegarse como tal causa, el hecho de que haya variado el criterio de la Corte sobre un punto de tramitación en lo general, y que dicho criterio pueda ser aplicado al caso a debate.
Precedentes
Queja en amparo civil. Muñoz Arístegui Enrique. 30 de agosto de 1920. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.