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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288303
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 863
DELEGACION DE FACULTADES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 863
La delegación de facultades que hace un Juez Penal, en otro de su misma categoría, para que practique determinadas diligencias, y, si de ellas aparecieren datos suficientes, dicte orden de aprehensión contra determinada persona, no puede tacharse de ilegal y, por tanto, no es violatoria de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Mayorga Mariano A. 31 de agosto de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Gustavo A. Vicencio, José María Mena y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.