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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288314
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 904
LEY DE MORATORIA DE PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 904
Se refiere a las obligaciones pendientes en la época de su promulgación, y por tanto, no pueden acogerse a ella los que hubieren celebrado contratos con posterioridad a su fecha.
Precedentes
Amparo civil directo. Barrera Luis G. y coagraviada. 1o. de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Adolfo Arias y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.