Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288315
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 908
RECURSOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 908
El hecho de no dar cabida a los que se interponen sin sujetarse a las prescripciones legales, no importa violación de garantías.
Precedentes
Amparo civil directo. Gómez García Rafael. 1o. de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno, Adolfo Arias y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.