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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 912
JUNTAS INSPECTORAS DE CATASTRO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 912
Conforme a la ley respectiva, tienen como principal objeto, el de resolver en definitiva sobre las quejas o reclamaciones de los contribuyentes; pero siendo este objeto el principal, pero no el único, los reglamentos expedidos por el Ejecutivo pueden muy bien, sin violar la ley, conferir a dichas Juntas la facultar de revisar los avalúos aprobados por las Juntas Calificadoras.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Larrañaga Pedro, sucesión de. 2 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Benito Flores, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.