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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 916
FACULTADES LEGISLATIVAS DE LOS GOBERNADORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 916
Los gobernadores están autorizados constitucionalmente, para expedir los reglamentos de las leyes cuya aplicación tienen a su cargo, inclusive cuando se trata de leyes federales, cuyo cumplimiento está encomendado a los gobernadores de los Estados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Maza Jesús. 2 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Benito Flores, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.