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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 926
JURISDICCION DEL JUEZ DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 926
La jurisdicción del Juez de Distrito cesa, cuando este funcionario ha pronunciado su sentencia en el juicio de amparo; y por lo mismo no puede hacer declaraciones sobre derechos que debieron alegarse en el curso de la controversia.
Precedentes
Queja en materia civil. Castro Ildefonso M. 2 de septiembre de 1920. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo VII, página 210, tesis de rubro "JURISDICCION DE LOS JUECES DE DISTRITO.".