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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 981
PERJUICIOS AL ESTADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 981
Cuando los perjuicios al Estado son reparables en dinero, procede la suspensión mediante fianza y no mediante depósito, si no se trata de impuestos o pagos fiscales.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Compañía Periodística Nacional, S. A.". 7 de septiembre de 1920. Mayoría de diez votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.