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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288356
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 994
RECURSOS EXTEMPORANEOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 994
El fallo de los Jueces del fuero común, que desecha por extemporáneo un recurso, no importa violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo. Osorio Pedro F. 8 septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Antonio Alcocer e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.