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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288385
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1059
DERECHO DE PETICION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1059
Las garantías que asegura el artículo 8o. constitucional, consisten en que recaiga un acuerdo a la petición que se haga, pero no en que este acuerdo sea en determinado sentido.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Alva José. 15 de septiembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Adolfo Arias y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.