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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288389
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1068
AMPARO CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1068
Debe promoverse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se notificó la resolución contra la cual se interpone aquel recurso, so pena de ser desechado por improcedente.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Figueroa Epigmenio. 17 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Benito Flores y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.