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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1068
COPIAS PARA EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1068
La imposibilidad material de obtener esas copias, no interrumpe el plazo para la interposición del amparo; éste puede iniciarse expresando las causas porque no se presentan esas copias, a reserva de exhibirlas después, o de que la autoridad federal las pida, a instancia del quejoso, a la señalada como responsable.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Figueroa Epigmenio. 17 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Benito Flores y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.