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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288394
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1081
ORDEN DE PROCEDER.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1081
No es preciso renovar la orden de proceder, en los procesos militares, porque en el curso de la instrucción aparezca que el reo es punible por una de las modalidades del delito señalado en la orden primitiva, si dicha modalidad queda comprendida en la clasificación genérica de ese delito.
Precedentes
Amparo penal directo. Orizava Antonio. 18 de septiembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.