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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1101
DEMANDA OSCURA O IMPRECISA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1101
Si dentro del término legal, no es aclarada por el quejoso, procede desecharla, de acuerdo con lo provenido en la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Flores viuda de Cerón Regina. 22 de septiembre de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Adolfo Arias no votó en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.