Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288420
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1129
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1129
Si se ajusta a lo prevenido por el artículo 19 constitucional, no da lugar al amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Arias Bernardo y coagraviado. 24 de septiembre de 1920. Mayoría de cinco votos. Los Ministros Alberto M. González, Adolfo Arias y Antonio Alcocer no estuvieron presentes, por las razones expuestas en el acta del día. Disidentes: Ignacio Noris, Agustín Urdapilleta y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.