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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288427
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1150
TASACION DE IMPUESTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1150
Es improcedente conceder la suspensión, contra los actos de las autoridades encaminados a la tasación de impuestos, porque con ello se causarían perjuicios al Estado y ningunos se originan al interesando en esa tasación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Corcuera Hermanos, Sucesores". 2 de octubre de 1920. Unanimidad de diez votos. El Ministro Adolfo Arias no asistió al acuerdo, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.