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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1167
RETROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1167
Está expresamente prohibida por el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil directo. Millet Heredia Enrique. 5 de octubre de 1920. Mayoría de siete votos. Ausentes: Alberto M. González y Adolfo Arias. Excusa: Patricio Sabido. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.