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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1208
EJECUTORIAS DE LA CORTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1208
El amparo que se endereza contra la ejecución de las sentencias de la Suprema Corte de Justicia, debe ser desechado por improcedente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Pérez Refugio. 9 de octubre de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.