Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288466
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1231
PERJUICIOS A PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1231
Aun cuando el acto reclamado ocasione perjuicios a particulares, es improcedente conceder la suspensión contra él, si con dicha suspensión se perjudica la sociedad o el Estado.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Díaz Víctor y coagraviados. 12 de octubre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Adolfo Arias, Alberto M. González y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.