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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
288559
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1426

LEYES PENALES.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1426

Precedentes

Amparo penal directo. Vicenteño Ruperto. 17 de noviembre de 1920. Mayoría de cinco votos, en lo que se refiere al considerando primero de este fallo, siendo disidentes los Ministros Alberto M. González, Adolfo Arias, Agustín Urdapilleta y José María Mena; mayoría de siete votos, respecto al considerando tercero, siendo disidente el Ministro Ernesto Garza Pérez y estando ausente el Ministro Agustín Urdapilleta. Ausente: Benito Flores. Excusa: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 288559