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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288561
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1439
EMBARGO DE RENTAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1439
La suspensión contra él, trae por efecto que las rentas se sigan pagando al embargado, sin que esto equivalga a levantar el embargo y a dejar los derechos del embargante en la condición que guardaban antes de practicar esa diligencia, puesto que su crédito está garantizado por la fianza que para obtener la suspensión se otorgue.
Precedentes
Queja en materia civil. Juez Primero de lo Civil de la capital. 20 de noviembre de 1920. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.