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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1451
PROCESOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1451
Entre las garantías que establece el artículo 19 constitucional, se halla la de que un proceso se seguirá forzosamente por el delito o delitos señalados en el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal directo. Maraboto Juan M. 7 de diciembre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Alberto M. González y Benito Flores no estuvieron presentes por las razones expuestas en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.