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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1471
DOTACION DE EJIDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1471
Contra ella no puede concederse la suspensión, porque es de interés público; pero no siendo justo despojar a los propietarios cuyas tierras se expropian para hacer la dotación de ejidos, de los frutos pendientes que les pertenecen en dichas tierras, así como de los magueyes existentes en ellas, debe permitírseles cosechar los primeros y trasplantar los segundos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. García Ranulfo y coagraviados. 18 de diciembre de 1920. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.