Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288576
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1477
FALSEDAD EN DECLARACIONES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1477
Rendidas en un juicio civil, no pueden dar lugar a la incoación de un proceso por falsedad en declaraciones judiciales, mientras no se haga por la autoridad civil correspondiente, la apreciación y calificación de esta prueba.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Xochicale Narciso. 20 de diciembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Alberto M. González y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.