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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1487
CLAUSURA DE CASAS ANTIHIGIENICAS Y PELIGROSAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1487
El Código Sanitario de Yucatán requiere para que se clausure una casa por razones de higiene, que constituya un peligro constante para la salud o la vida de sus habitantes o vecinos, y que no se pueda poner en las condiciones debidas de sanidad y seguridad, asimismo exige que la clausura se dicte previa la formación de un expediente instruido, con audiencia del interesado, y si la clausura no se ha hecho con estricto apego a tales disposiciones, importa la violación del artículo 16 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Castillo José Asunción. 21 de diciembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Agustín Urdapilleta no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.