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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1494
GARANTIAS INDIVIDUALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1494
El amparo sólo procede por la violación de las garantías individuales y no por la de derechos de otra índole.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Alvarez del Castillo Miguel. 21 de diciembre de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.