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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 9
MOLESTIAS INDEBIDAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VI; Pág. 9
Las molestias que se originen a un individuo, sin fundamento en ley alguna, expedida con anterioridad al hecho que las motive, y sin causa legal que sirva de base al procedimiento, importa una violación de los artículos 14 y 16 Constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Quong Fat y coagraviados. 2 de enero de 1920. Mayoría de seis votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Disidentes: Benito Flores, Gustavo A. Vicencio, Agustín Urdapilleta, José María Mena y Antonio Alcocer. Unanimidad de once votos, en cuanto al segundo. La publicación no menciona el nombre del ponente.